Os recomendamos que leáis esta noticia y las dos siguientes si queréis reducir los gastos comunes en vuestra Comunidad de Propietari@s.

Muy interesante nos parece lo que hoy os exponemos, si queréis ahorrar costes de forma considerable en vuestro recibo de comunidad o al menos que no suba en el próximo ejercicio leed nuestra noticia estamos seguros de que os puede interesar.

Teniendo en cuenta que el 80% del presupuesto de una Comunidad de Propietari@s se liquida en gastos habituales como la luz, ascensor, seguro, limpieza etc…, os recomendamos que consultéis lo siguiente:

ASCENSOR

Si realmente quieres reducir la factura de luz de tu Comunidad de Propietari@s debes de acogerte a la facturación por MAXÍMETRO en tarifas 2.0 y 2.1 a los vecinos no os costará ningún esfuerzo y veréis las facturas por importes considerablemente inferiores.

Cuando contratamos el suministro de electricidad de nuestra Comunidad de Propietari@s reservamos la potencia que necesitamos y nos facturan por ella (vamos que como en nuestra casa, que si tienes 4,4 kW ya sabes que pocas veces vas a necesitarlos pero te facturan un fijo en base a la potencia contratada independientemente del consumo).

Cuando contratamos menos de 15kW el ICP (el interruptor de control de potencia) corta la energía si nos excedemos (que es cuando en mi casa decimos han saltado los plomos).

Cuando contratamos más de 15kW en lugar del ICP nos instalarán un MAXÍMETRO que registra la potencia demandada cada 15 minutos y se factura por el exceso si es superior a la potencia contratada pero nunca se cortará el suministro.

Hasta aquí más o menos claro, ¿no?, bien pues ahora vamos a ver de qué forma podemos contratar menos de los 15kW y que sea completamente legal que nos instalen un MAXÍMETRO en lugar de el ICP, para ello debemos ir al BOE y leer el Real decreto 1454/2005 que en su Capítulo III Medidas de protección al consumidorartículo tercero Modificación del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica en su apartado cuatro refleja:

El artículo 9.1.2.a)1 queda redactado como sigue:

«1. Tarifa 2.0A: el control de la potencia demandada se realizará mediante la instalación del Interruptor de Control de Potencia (ICP) tarado al amperaje correspondiente a la potencia contratada. En la modalidad de 2 períodos, tarifa nocturna, el control mediante ICP se realizará para la potencia contratada en el período diurno (punta-llano).

Alternativamente, en aquellos casos en que, por las características del suministro, éste no pueda ser interrumpido, el consumidor podrá optar a que la determinación de la potencia que sirva de base para la facturación se realice por maxímetro. En estos casos la potencia contratada no podrá ser inferior a la potencia que, en su caso, figure en el Boletín de Instalador para los equipos que no puedan ser interrumpidos. En todos los casos, los maxímetros tendrán un período de integración de 15 minutos.»

Como el ascensor es considerado un servicio no interrumpible podemos  solicitar a nuestra distribuidora (a través de la comercializadora) el cambio de facturación por máximetro desmontando el ICP y/o programar el contador digital para que no haga de ICP.

Ahora podemos bajar de forma considerable la potencia contratada sin miedo, ya que las potencias contratadas en las Comunidades de Propietari@s son altas precisamente para prevenir los cortes del ICP  ya que lo que menos deseas es quedarte “encerrado” en el ascensor.

Además hay que tener en cuenta que la lectura del máximetro será siempre mucho menor, es decir si en el ascesor mientras viaja fueran 6 personas consumiría entorno 4-5 kW un poquillo más éste fuera hidráulico, ahora… para que el maxímetro marcara esta cifra tendría que estar 15 minutos en movimiento sin parar (obviamente es prácticamente imposible que esto pase).

Hace unos días escuchamos una entrevista en la radio en la que un Administrador de Fincas Colegiado de Alicante había conseguido reducir la factura de una Comunidad prácticamente al 50%.

Si optáis por instalar un máximetro obviamente os aconsejamos que antes de hacer nada consultéis a un Asesor Energético o con vuestro Administrador de Fincas Colegiado, ellos os informarán con todo detalle de lo que más os conviene, el primero os facturará sus servicios pero……., desde el año 2005 ¿Cuántos euros se podría haber ahorrado tu Comunidad de Propietari@s? ¿Y  tu en tu recibo de Comunidad?.

Si vuestra Comunidad de Propietari@s no dispone de un profesional que la administre no dudéis en solicitarnos presupuesto, estaremos encantados de atenderos.

Más info: gestiempresas.com

COMO SIEMPRE QUEDAMOS A VUESTRA ENTERA DISPOSICIÓN. GRACIAS POR VISITARNOS Y RECORDAD QUE PODEIS SEGUIR A GESTIEMPRESAS TANTO EN FACEBOOK Y TWITER.

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2 Comentarios

  1. La ley está muy claro lo que dice respecto a la instalación de maxímetros, y hay una resolución de la CNE que lo ratifica. Pero la realidad es que Iberdrola te deniega el maxímetro y si no estás de acuerdo denúnciales en el juzgado.

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