¿Puedo publicar la lista de moros@s en el tablón de anuncios de la Comunidad?

¡Hola a tod@s! Como bien sabéis hay varios puntos de vista sobre la legalidad de publicar o no en el tablón de anuncios de la Comunidad de Propietari@s el listado de moros@s.

Son varías personas con las que he comentado “el temita” y me trasladan que NO ES LEGAL y que la Agencia Española de Protección de Datos está imponiendo sanciones por hacerlo.

Indicaros que desde mi punto de vista SI ES LEGAL (¡ojo! es mi opinión ni se os ocurra empezar a publicar en el tablón de anuncios el listado de moros@s SIN CONSULTARLO CON VUESTRO ADMINISTRADOR COLEGIADO).

¿Porqué desde mi  opinión es legal?

El artículo 16.2 de la Ley de Propiedad Horizontal indica quien y como se debe convocar a Junta  de Propietari@s y cómo deben practicarse las citaciones. También dice que  “La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no están al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2.”

Por tanto, la Comunidad de Propietari@s se está ajustando a lo ordenado legalmente por la Ley de Propiedad Horizontal, ahora bien tan sólo lo haría con las Convocatorias a Junta o cuando los intentos de notificación directa a l@s propietari@s  hayan sido debidamente acreditados y no se les haya podido notificar fehacientemente, teniendo en cuenta que además el tablón de anuncios debe de estar dentro del ámbito restringido del portal, es decir que no se vea o no sea legible desde la calle con el fin de que no esté al alcance de terceras personas.

Para finalizar, pienso que la Comunidad de Propietari@s debe tener derecho a la libertad de información y mientras la información que genere no sea errónea y sea verídica, habrá que dar por hecho de que no se atenta contra el honor del vecin@ moros@, dado que no hay ningún tipo de expresión injuriosa ni se emite ningún juicio de valor, tan solo se informa a l@s vecin@s de una situación real que afecta a toda la Comunidad y que advierte de la privación de voto a las personas que no estén al corriente de pago.

Os reitero que es tan solo mi opinión, muchas gracias un día más por leernos y hasta la próxima noticia.

Si vuestra Comunidad de Propietari@s no dispone de un profesional que la administre no dudéis en solicitarnos presupuesto, estaremos encantados de atenderos.

COMO SIEMPRE QUEDAMOS A VUESTRA ENTERA DISPOSICIÓN. GRACIAS POR VISITARNOS Y RECORDAD QUE PODEIS SEGUIR A GESTIEMPRESAS TANTO EN FACEBOOK , TWITTER y GOOGLE PLUS.

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