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Noticias

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Un mes más os facilitamos el IPC General y de Vivienda en Alquiler

¡Hola a todos! os facilitamos el IPC GENERAL Y DE ALQUILER del mes de Mayo, esperamos como siempre que os sirva de ayuda.

IPC GENERAL MAYO 2017

PERIODOS Y VALORES: Mayo 2017 (base 2016): 100,074 – Mayo 2017 (base 2016): 102,011

INCREMENTO: 1,9%

IPC VIVIENDA EN ALQUILER MAYO 2017

PERIODOS Y VALORES: Mayo 2016 (base 2016): 100,26 –Mayo 2017 (base 2016):  100,262

INCREMENTO: 0,2%

Más info: www.ine.es

  Os recordamos que además de nuestros servicios de Administración de Fincas (si necesitáis presupuesto no dudéis en solicitárnoslo), disponemos de nuestra Asesoría Laboral Fiscal y Contable por si fuera de vuestra ayuda. Saludos cordiales y hasta nuestra próxima noticia.

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El bus recorrerá las principales arterias de Madrid y algunos de sus municipios más importantes

Si ves este autobús y tienes dudas sobre el compromiso que adquieres para con tu Comunidad de Propietarios/as siendo Presidente/a de la misma,  te invitamos a que a través de esta iniciativa del CAFmadrid , te  informes sobre la responsabilidad, cada vez mayor, que implica este cargo y la necesidad de confiar en un administrador de fincas colegiado.

¿Dónde le verás?

  • 8 de junio, jueves:

      • ALCORCÓN
  • 9 de junio, viernes:

      • LEGANÉS
  • 10 de junio, sábado:

      • MÓSTOLES
  • 11 de junio, domingo:

      • FUENLABRADA 
  • 12 de junio, lunes:

      • MAJADAHONDA 
  • 13 de junio, martes:

      • COLLADO VILLALBA 
  • 14 de junio, miércoles:

      • GETAFE 
  • 15 de junio, jueves:

      • TORREJÓN DE ARDOZ 
  • 16 de junio, viernes:

      • ALCOBENDAS 

 

No tengas ningún tipo de reticencia en informarte ¡te van a atender genial!

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Un mes más os facilitamos el IPC General y de Vivienda en Alquiler

¡Hola a todos! os facilitamos el IPC GENERAL Y DE ALQUILER del mes de Abril, esperamos como siempre que os sirva de ayuda.

IPC GENERAL ABRIL 2017

PERIODOS Y VALORES: Abril 2016 (base 2016): 99,531 – Abril 2017 (base 2016): 102,073

INCREMENTO: 2,6%

IPC VIVIENDA EN ALQUILER ABRIL 2017

PERIODOS Y VALORES: Abril 2016 (base 2016): 100,005 – Abril 2017 (base 2016): 100,202

INCREMENTO: 0,2%

Más info: www.ine.es

  Os recordamos que además de nuestros servicios de Administración de Fincas (si necesitáis presupuesto no dudéis en solicitárnoslo), disponemos de nuestra Asesoría Laboral Fiscal y Contable por si fuera de vuestra ayuda. Saludos cordiales y hasta nuestra próxima noticia.

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Desde 21 de abril al 20 de Junio del presente año

El pasado 20 de Abril del presente año, se ha publicado en el BOCM (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid) el extracto de la orden de 11 de abril del presente año de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras por las que se convocan subvenciones destinadas a la rehabilitación edificatoria, correspondientes al año 2017.

Comentaros que las bases reguladoras son las publicadas en el BOCM nº 118 de 19 de Mayo de 2016.

Las obras y trabajos subvencionables son los de mantenimiento en intervención en instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios de tipología residencial colectiva, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar finalizado antes de 1.981.
  • Que al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.
  • Que al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Los beneficiarios serán las Comunidades de Propietarios, agrupaciones de Comunidades de Propietarios o los propietarios únicos de edificios de viviendas.

El procedimiento de adjudicación será por concurrencia competitiva y la cuantía máxima por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 11.000€ por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil local. La mencionada cuantía no podrá exceder del 35% del coste subvencionable de la actuación.

Cuando las actuaciones sean para la mejora de la accesibilidad universal dicha cuantía podrá llegar hasta el 50%, únicamente en la partida correspondiente a accesibilidad.

La dotación presupuestaria para el ejercicio de 2.017 asciende a 6.356.800€ y de 7.769.473,90€ para el ejercicio 2.018.

La presentación para solicitar dichas subvenciones será de dos meses desde el día siguiente a la publicación del extracto, es decir desde el 21 de abril al 20 de Junio del presente año.

Más info:

Gracias por leernos como siempre y hasta nuestra próxima noticia.

 

 

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Un mes más os facilitamos el IPC General y de Vivienda en Alquiler

¡Hola a todos! os facilitamos el IPC GENERAL Y DE ALQUILER del mes de Marzo, esperamos como siempre que os sirva de ayuda.

IPC GENERAL MARZO 2017

PERIODOS Y VALORES: Marzo 2016: 98,838 – Marzo 2017: 101,101

INCREMENTO: 2,3%

IPC VIVIENDA EN ALQUILER MARZO 2017

PERIODOS Y VALORES: Marzo 2016: 99,974 – Marzo 2017: 100,144

INCREMENTO: 0,2%

Más info: www.ine.es

  Os recordamos que además de nuestros servicios de Administración de Fincas (si necesitáis presupuesto no dudéis en solicitárnoslo), disponemos de nuestra Asesoría Laboral Fiscal y Contable por si fuera de vuestra ayuda. Saludos cordiales y hasta nuestra próxima noticia.

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Si te vas esta Semana Santa no estaría de más que seguir estas recomendaciones

 

Si te vas estos días de tu domicilio procura seguir estas recomendaciones:

  • Antes de irte comprueba que las ventanas quedan perfectamente cerradas.
  • Procura dejar las persianas sin bajar del todo.
  • Si dispones de tendedero exterior deja algo de ropa tendida.
  • Cierra siempre con llave y da todas las vueltas al cerrojo.
  • Antes de marcharte deja el buzón vacío (si te vas toda la semana deja la llave si puedes a algún vecino para que te recoja la correspondencia).
  • Coloca un programador para que encienda de forma automática algunas de las luces de las ventanas que den al exterior cuando anochezca.
  • Durante el día coloca un programador que encienda la radio.
  • Comenta solo con personas de tu confianza que te ausentas unos días.
  • Cuando te vayas procura cargar el coche en el garaje, en el caso de que no dispongas del mismo hazlo en un horario en el que pueda verte menos gente.
  • No desconectes el timbre estarás invitando a los cacos a entrar en tu vivienda.
  • Si vas a dejar las llaves a alguien de tu confianza no las dejes en el buzón
  • No es necesario dejar tus joyas o dinero en casa, existen empresas de alquiler de cajas de seguridad privadas en cámara acorazada.
  • Si tienes posibilidad instala un buen sistema de alarma.
  • Muy importante…. no es necesario que cuentes lo bien que te lo estás pasado con reportaje fotográfico incluido en tus redes sociales, compártelo con los demás a la vuelta
  • Guarda bien todas las facturas para reclamar al seguro y si tienes joyas de valor haz fotos a las mismas te serán de gran ayuda, también apunta y guarda los IMEI de tus móviles.

¡Que lo pases muy bien!

 

0 1726

Os facilitamos el IPC de Febrero 2017 general y vivienda en alquiler

¡Hola a todos! os facilitamos el IPC GENERAL Y DE ALQUILER del mes de Febrero, esperamos como siempre que os sirva de ayuda.

IPC GENERAL FEBRERO 2017

PERIODOS Y VALORES: Febrero 2016: 98,208 – Febrero 2017: 101,122

INCREMENTO: 3%

IPC VIVIENDA EN ALQUILER FEBRERO 2017

PERIODOS Y VALORES: Febrero 2016: 99,972 –Febrero 2017:  100,083

INCREMENTO: 0,1%

Más info: www.ine.es

  Os recordamos que además de nuestros servicios de Administración de Fincas (si necesitáis presupuesto no dudéis en solicitárnoslo), disponemos de nuestra Asesoría Laboral Fiscal y Contable por si fuera de vuestra ayuda. Saludos cordiales y hasta nuestra próxima noticia.

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¿Qué documentación debe entregar el Administrador de Fincas?

Si ha cesado o renunciado al cargo el Administrador de Fincas colegiado en vuestra Comunidad de Propietarios y no sabéis que documentación debe entregaros, relacionamos de forma literal las pautas para la entrega de la misma según nuestro colegio profesional, a través de la comisión de unificación de criterios profesionales.:

«Una vez que el administrador conoce su cese, bien el día de la junta o bien el día que recibe la notificación del acuerdo adoptado al efecto, a partir del día siguiente comienzan a contar los plazos para entregar la documentación a la comunidad.
Los plazos establecidos para la efectiva entrega de la documentación son los siguientes:
Un primer plazo de 10 días desde la efectividad de la remoción o renuncia para la entrega de toda aquélla documentación que sea necesaria para garantizar la gestión diaria y seguridad jurídica del cliente, así como el cumplimiento de las obligaciones periódicas (criterio colegial).
Un segundo plazo de 45 días para la entrega del resto de la documentación al cierre contable
En la entrega de la documentación, deberá realizar una relación detallada que deberá ser firmada con un recibí del presidente.

Dentro del plazo de los 10 días deberá entregarse la siguiente documentación:

1. Listado de propiedades, coeficientes, propietarios, teléfonos, direcciones y forma de pago de los recibos, con especificación de las domiciliaciones bancarias.
2. Listado de las últimas cuotas emitidas, con indicación de posibles modificaciones o emisión de otras de carácter extraordinario. Debe indicarse el mes.
3. Fotocopia legible de la última nómina de los empleados. Debe indicarse el mes.
4. Fotocopia legible de los últimos seguros sociales pagados. Debe indicarse el mes.
5. Tarjeta de Identificación Fiscal y etiquetas.
6. Contrato de la cuenta corriente de la comunidad, con indicación de las personas que disponen de firma, así como de su carácter solidario o mancomunado.
7. Entrega de los talonarios y/ o pagarés, con indicación de la cantidad, entidad bancaria a la que pertenecen y la numeración de los cheques.
8. Listado de proveedores incluyendo, al menos, el teléfono de contacto.
9. Contratos de las pólizas de seguro que se tuvieran contratadas, con indicación del próximo vencimiento, así como del teléfono de asistencia si se tuviera contratada esta cobertura.
10. El libro de actas en curso, indicando ante quien está legalizado, numeración de las hojas y última acta transcrita en el mismo.
11. Copia de los estatutos si hubiere y de la División Horizontal si se dispusiere de la misma.
12. Copia de la última liquidación efectuada de los recibos que se pagan en finca. Debe indicarse el mes.
13. Sello de la Comunidad.

Dentro del plazo de los 45 días deberá completarse la entrega del resto de la documentación:

1. Fotocopia del documento de la 1ª entrega.
2. Fotocopia del anterior documento de entrega y recepción definitiva, si se dispusiera.
3. Libros de actas anteriores al que está en vigor, con indicación del número.
4. Contratos de mantenimiento de elementos o servicios comunes, con indicación del servicio, empresa y fecha de entrada en vigor.
5. Contratos de suministros de agua, luz, gas, gasóleo, etc… con indicación de las empresas suministradoras y la fecha de suscripción.
6. Contratos de alquiler de elementos comunes, con indicación de la zona alquilada, arrendatario y vencimiento.
7. Contrato para la realización de tratamientos por cuenta de terceros conforme LOPDCP.
8. Licencias de actividad y funcionamiento de las instalaciones, con indicación de la instalación y fecha.
9. Últimas revisiones o inspecciones periódicas reglamentarias, con indicación de la instalación, organismo de control y fecha de la revisión o inspección.
10. Alta del cliente en la Seguridad Social y Libro de Visitas.
11. Contratos de trabajos del personal, con indicación del empleado y tipo de contrato.
12. Histórico de los últimos 5 años de los Seguros Sociales (TC1 y TC2).
13. Expediente de personal: altas, bajas, instrucciones de trabajo, jubilaciones de empleados, documento de adhesión a una Mutua Laboral, etc…
14. Evaluación de riesgos laborales y plan de prevención.
15. Alta censal en la Agencia Tributaría.
16. Histórico de las liquidaciones de IRPF e IVA de los 4 últimos años.
17. Expedientes de grandes obras o renovaciones totales de elementos o instalaciones comunes, con indicación de la instalación y fecha de la ejecución.
18. Expediente de procedimientos judiciales, con indicación si están en vigor o finalizados.
19. Registro de correspondencia.
20. Soporte contable de los últimos 5 ejercicios cerrados.
21. Soporte contable del ejercicio o ejercicios en curso.
22. Liquidaciones de los recibos que se pagan en finca o despacho de la Administración del ejercicio o ejercicios en curso.
23. Relación detallada de los recibos pendientes de pago al día del cese o efectividad de la renuncia.
24. Informe contable del último ejercicio aprobado por el cliente, con inclusión de los recibos pendientes de pago y de los saldos por propiedad si los hubiere.
25. Estado contable del ejercicio en curso a la fecha del cese o efectividad de la renuncia, con liquidación de saldos si el cliente lo efectúa al cierre de cada ejercicio.
26. Conciliación de la cuenta de bancos con el cierre contable a la fecha del cese o efectividad de la renuncia.
26. Soportes contables posteriores a la fecha del cese o efectividad de la renuncia.
27. ID Mandatos.
28. Observaciones.

El traspaso de la documentación se realizará en el despacho del administrador saliente o en el lugar que libremente acuerden las partes.
No obstante, en el pacto contractual rige la libre voluntad de las partes, incluso en los plazos de entrega/recepción de documentos.
Con independencia de los plazos que sean de aplicación, la entrega de la documentación debe estar siempre presidida por el principio de la buena fe de forma que el administrador saliente no retrase ni dificulte intencionadamente dicha entrega.»

Más info: Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid

Hasta nuestra próxima noticia.

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Un mes más os facilitamos el IPC general y de vivienda en alquiler

¡Hola a todos! os facilitamos el IPC GENERAL Y DE ALQUILER del mes de Enero, esperamos como siempre que os sirva de ayuda.

IPC GENERAL ENERO 2017

PERIODOS Y VALORES: Enero 2016: 98,556 – Enero 2017: 101,488

INCREMENTO%: 3%

IPC VIVIENDA EN ALQUILER ENERO 2017

PERIODOS Y VALORES: Enero 2016: 99,932 –Enero 2017:  100,47

INCREMENTO%: 0,1

Más info: www.ine.es

  Os recordamos que además de nuestros servicios de Administración de Fincas (si necesitáis presupuesto no dudéis en solicitárnoslo), disponemos de nuestra Asesoría Laboral Fiscal y Contable por si fuera de vuestra ayuda. Saludos cordiales y hasta nuestra próxima noticia.

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No lo olvides hay que presentarlo antes del próximo día 28

¡Hola de nuevo a todos/as! un año más os informamos que vuestra Comunidad de Propietarios tiene que presentar antes del día 28 de Febrero el Modelo 347, informando sobre las operaciones con terceras personas que durante el año 2016 hayan superado los 3.005,06€.

Más info: lee nuestra noticia del año pasado

¡Hasta nuestra próxima noticia!

 

 

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